La cultura libre implica el derecho humano a participar en la vida cultural
- Alan Brito
- 14 ago 2016
- 4 Min. de lectura
Lea Shaver, en su conferencia de Córdoba, Argentina, en 2011, explica cómo el derecho a la cultura, la ciencia y la tecnología se debe entender en el marco de los derechos humanos. Tanto la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 27) como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 15), en cuanto a cultura se refiere, expresan dos cosas:
La primera es que todas las personas tienen derecho a participar en la vida cultural y gozar de sus beneficios.
La segunda parte indica que todas las personas tienen derecho a una protección de sus intereses morales y materiales por sus creaciones y aportes a la cultura (esta segunda parte, como explica Beatriz Busaniche, se introduce tras un complejo proceso de debates y posiciones encontradas).

Shaver comenta que se le ha prestado mucha más atención a esta segunda parte, que tiene que ver con el derecho de autor, y mucho menos a la primera: a la participación cultural.
¿Qué significa participar en la vida cultural? En su conferencia, Shaver dice que “la vida cultural abarca todas las formas, en que todas las personas, buscan la verdad y la belleza, expresan su creatividad, buscan un sentido compartido y expresan su relación con otros seres humanos”. Esto incluye una amplia gama de géneros, lenguajes y medios: música, literatura, deportes, ciencia, manifestaciones tradicionales, alta cultura, cultura popular, cultura digital, etc. “La noción de vida cultural implica algo que necesariamente es vibrante, cambiante y dinámico, de modo que aunque sea tradicional, o moderna, es algo que está fluyendo, que está cambiando a medida que cada individuo hace su aporte a partir de los recursos que encuentra en la cultura en la que habita”.
Así, la vida cultural es algo que se alimenta de contribuciones individuales y de interacciones sociales que construyen un patrimonio colectivo. Aportar recursos y tomar recursos de la vida cultural en común es participación cultural. “Tomar parte”, participar, es un aspecto fundamental del derecho a la cultura como derecho humano. Ejercitar este derecho implica expandir la cultura más allá de nosotros mediante una amplia variedad de acciones: producir, compartir, acceder, disfrutar, modificar, traducir, interpretar, criticar, remezclar, etc.
Participar en la vida cultural tiene algunos requisitos: poder acceder al material cultural existente y también acceder a las herramientas para utilizarlo. “Esto implica también la libertad de crear, de transformar y de intercambiar las obras de la cultura y la técnica”.
Un primer paso en nuestra definición de cultura libre nos lleva a concluir entonces que la cultura libre implica:
Acceso a materiales culturales: es decir, a las obras, ideas, lenguajes y medios ya existentes.
Acceso a herramientas y tecnologías para disfrutarlos y utilizarlos.
Libertad de uso de estos materiales y herramientas.
Una cultura libre que provee libre disponibilidad, acceso, utilización y reutilización de materiales y herramientas culturales, es un requisito indispensable para cumplir el derecho humano de participar en la vida cultural de una sociedad. En definitiva, los materiales, las herramientas y la libertad de utilizarlos para “tomar parte” son requisitos sin los cuales este derecho no podría cumplirse.
Pueden ver la conferencia completa de Lea Shaver aquí: http://vimeo.com/41008057
Crítica a la propiedad intelectual
Como ya dijimos, las tecnologías cada vez más baratas de copia y almacenamiento de información trajeron un aumento explosivo en el acceso a las expresiones culturales, a las herramientas para utilizarlas, y a los usos sociales de dichas obras. Pensemos por ejemplo en las millones de horas de video disponibles en YouTube y en las herramientas de reproducción, captura y edición que cualquier computadora personal, e incluso dispositivos móviles, tienen en su haber.
Sin embargo, lo que es bastante más restringido es la libertad para acceder y hacer uso legal de las obras culturales y de las tecnologías, a causa de un instrumento que establece explícitamente restricciones a esa libertad: la propiedad intelectual. Lawrence Lessig suele hablar de “leyes que limitan la creatividad”, al referirse a esta situación contradictoria en la cual la participación cultural es cada vez más posible y a la vez más restringida por las leyes. En su conferencia en Buenos Aires de agosto de 2013 dice:
“Vivimos en la era del remix; la creatividad y la cultura siempre han provenido de trabajos previos, pero con Internet y las tecnologías digitales para recrear trabajos, se ha llevado esta situación a otro nivel; más gente es capaz de editar y compartir una mayor cantidad de trabajos”.
El escenario actual es que, si bien el acceso y uso de la cultura han aumentado notoriamente, estos ocurren en condiciones legales precarias y bajo amenaza. Más aun, como muchas de estas prácticas son ilegales, los Estados quedan muy limitados a la hora de garantizar el derecho a la cultura.
¿Cómo las leyes, instituciones y herramientas de propiedad intelectual limitan la participación cultural?
Mediante el monopolio exclusivo: personas e instituciones que tienen los derechos sobre una obra pueden impedir a otros hacer uso de ellas. No podremos “tomar parte” de esos aspectos de la cultura hasta que no ingresen al dominio público. El monopolio permite que los titulares de derechos excluyan del acceso, pero también amenazan la libertad de expresión, al limitar la parodia, la crítica y el remix.
Mediante plazos extremadamente largos de ingreso de las obras al dominio público: ese monopolio exclusivo se ha ido extendiendo, hasta llegar a una duración de varias décadas después de la muerte del creador de una obra.
Mediante el abandono institucional del dominio público: sin un trabajo continuo de identificación, preservación y puesta a disposición de las obras que efectivamente podemos usar, es muy difícil tomar parte realmente de la herencia cultural.
Mediante medidas técnicas, como el DRM y otras formas de restricción y exclusión tecnológica, que hacen que los aparatos y herramientas para usar la cultura, otorguen al usuario permiso de “solo lectura”. Incluso obras de dominio público pueden ser nuevamente privatizadas gracias a estas medidas técnicas.
Mediante limitaciones a la Internet pública: es decir, impulsando leyes y medidas técnicas que hagan que la red Internet, el medio que está revolucionando la participación cultural, se vea restringida para evitar el intercambio de obras culturales, en beneficio de algunas corporaciones de la industria del entretenimiento.
Por lo tanto, si queremos defender una mayor participación cultural, la cual requiere de más cultura libre, vamos a tener que pararnos críticamente frente a la propiedad intelectual. Si bien existe la opción de intentar eludir los efectos de las medidas enumeradas de manera individual, lo más oportuno a nivel social, y lo que redundará en resultados de largo plazo, es buscar colectivamente un cambio de esta situación.